Preguntas frecuentes sobre Certificados de Depósito a Término (CDT)

La tasa de interés varía de acuerdo al monto y plazo que usted decida manejar.

Los plazos son de 90 días, 180 días, 360 días, 450 días, 520 días y 720 días.

El monto mínimo de apertura es desde 5mil lempiras en adelante.

  • Documento Nacional de Identificación (DNI)
  • Registro Tributario Nacional (RTN)
  • Recibo público reciente (EEH, SANAA o HONDUTEL)
  • Información comprobable sobre la procedencia de los fondos.
  • Carnet de Residente vigente.
  • Copia de Pasaporte.
  • Recibo público reciente (EEH, SANAA o HONDUTEL)
  • Información comprobable sobre la procedencia de los fondos.

El pago de intereses se realiza de forma mensual y se acredita a su cuenta de ahorros.

Por el momento no, pero si tenemos cuenta de ahorro en dólares.

Aplica una penalización por cancelación anticipada del CDT. Se devengará la tasa de interés según el tarifario vigente, considerando el plazo mas cercano de acuerdo con el tiempo transcurrido del CDT.

Si, los requisitos son:

  • Acta de Nacimiento original del menor.
  • Documento Nacional de Identificación (DNI) del tutor.
  • Registro Tributario Nacional (RTN) del tutor.
  • Recibo público reciente (EEH, SANAA ó HONDUTEL)

El número de beneficiarios que usted decida.

Si, cuando el cliente lo desee.

Si, con un poder de representación en Honduras.

Si, puede realizarlo mancomunado.

En las cuentas mancomunadas o conjuntas, se presume que todos los titulares están autorizados para disponer total o parcialmente del saldo del certificado, cuando es mancomunada con “o”. En caso de ser mancomunada con “y”, se requiere ambas firmas para realizar renovación, cancelación o retiro parcial.

Puede tener la cantidad de Certificados de Depósitos a Plazo que usted desee.

Si se aplica la retención del Impuesto Sobre la Renta, este valor es aplicado a los intereses.

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